CIRCULAR
1-1010-
Bogotá D.C.,
PARA: SECRETARIA GENERAL, DIRECTORES DE ÁREA Y JEFES DE OFICINA DE LA DIRECCIÓN
GENERAL, DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO DEL SENA.
Asunto: Contratación de Servicios Personales 2023.
Mediante la presente Circular se imparten directrices y lineamientos para el proceso de contratación de
servicios personales en el SENA para la vigencia 2023 (artículo 32 – numeral 3° Ley 80 de 1993).
- DIRECTRICES GENERALES.
La contratación de servicios personales en el SENA para la vigencia 2023 se debe realizar con plena
observancia de las normas legales y reglamentarias vigentes que rigen el tema, así como las de austeridad
del gasto público, garantizando la aplicación de los principios de contratación (como transparencia,
economía y responsabilidad, establecidos en los artículos 23 y siguientes de la Ley 80 de 1993), y los que
orientan la función administrativa (como los de planeación, igualdad, moralidad, eficacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad, que establece el artículo 209 de la Constitución Política), además de
la satisfacción del interés general, el cumplimiento de los fines estatales, y aplicando además las directrices
y procedimientos de esta Circular.
Para el proceso de contratación, además de las funciones que le corresponde cumplir a la Oficina de
Control Interno del SENA, los ordenadores del gasto inculcarán y fomentarán en las personas que actúen
en cualquier etapa del proceso contractual la cultura del autocontrol, como elemento importante del sistema
de gestión y control para la prevención de riesgos, el mejoramiento continuo y la salvaguarda de los
recursos públicos.