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Consultas frecuentes sobre pensiones

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Con motivo de la entrada en vigencia de la nueva ley de pensiones, han surgido un sin número de consultas sobre el particular, que remitimos a nuestros abogados, con el propósito de brindar claridad. Esta consulta la responde el doctor Felipe Vivas.

Consulta: Tratando de ser puntual la consulta es la siguiente: Actualmente cotizo con Colpensiones, Tengo 39 años de edad, tengo 710,7 semanas cotizadas y tengo una hija de 22 años. El artículo 36 de la ley, habla de beneficios de semanas para mujeres con hijos.

¿Será que con esta condición yo entraría en el régimen de transición (750 semanas)?

De acuerdo a la consulta elevada por la compañera xxxxxx, es sumamente importante aclarar y señalar que el artículo 75 de la ley 2381de 2024 contempla lo siguiente:

ARTÍCULO 75. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN. A las personas que, a la entrada en vigencia de este Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, cuenten con setecientas cincuenta (750) semanas cotizadas para el caso de las mujeres y novecientas (900) semanas cotizadas para el caso de los hombres, se les continuará aplicando en su totalidad la Ley 100 de 1993 y las normas que la modifiquen, deroguen o sustituyan. Para efectos del cómputo de las semanas a que se refiere el presente artículo, se tendrán en cuenta: las semanas cotizadas en cualquiera de los regímenes pensiona les de la Ley 100 de 1993, Solidario de Prima Media con Prestación Definida o de Ahorro Individual con Solidaridad, al Instituto de Seguros Sociales o a cualquier caja, fondo o entidad del sector público o privado, o el tiempo de servicio como servidores públicos, cualquiera sea el número de semanas cotizadas. A quienes no cuenten con por lo menos setecientas cincuenta semanas cotizadas (750) para el caso de las mujeres y novecientas (900) semanas cotizadas para el caso de los hombres se les aplicará lo dispuesto en la presente Ley. Respecto de las demás prestaciones del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez se aplicará lo establecido en la presente ley.

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