
La Junta Subdirectiva de SINDESENA Nariño, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Pasto, dentro del trámite de acción de tutela identificado con radicado No. 5214189001-2026-00255-00, se permite informar a la ciudadanía y a la comunidad en general lo siguiente:
En atención a la decisión adoptada por la autoridad judicial, y en cumplimiento de la orden impartida, se procede a emitir la presente rectificación en condiciones de equidad, garantizando que su publicación cuente con la misma prominencia, extensión y visibilidad que la información previamente difundida en el portal web institucional.
En ese sentido, se deja constancia de lo siguiente:
- Sobre el correo electrónico del 13 de marzo de 2026
Se informa que el correo electrónico referido, de fecha 13 de marzo de 2026, el cual contenía información relacionada con presuntas irregularidades, fue remitido a múltiples entidades del orden nacional, entre ellas el Ministerio del Trabajo, el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, la Presidencia de la República y otros entes de control. No obstante, se precisa que dicho mensaje no fue originado, elaborado ni manipulado por la Junta Subdirectiva de SINDESENA Nariño. Así mismo, se informa que el referido correo fue enviado desde una cuenta cuyo titular negó bajo juramento su autoría, manifestando haber sido víctima de suplantación de identidad, situación que fue puesta en conocimiento de la fiscalía general de la Nación, con el fin de que se adelanten las actuaciones correspondientes en el marco de sus competencias.
- Sobre las actuaciones disciplinarias mencionadas
Se precisa que las actuaciones disciplinarias a las cuales se hizo referencia en la publicación inicial, relacionadas con presuntas conductas atribuidas al señor Andrés Fajardo Cabrera durante su desempeño en diferentes dependencias y regionales del SENA, concluyeron con decisiones de archivo, mediante las cuales no se estableció responsabilidad disciplinaria ni se acreditaron las irregularidades mencionadas en dichos señalamientos. En consecuencia, las referencias efectuadas en relación con presuntos actos de corrupción, politiquería, cobros a contratistas, solicitudes de dinero o votos y demás afirmaciones contenidas en comunicaciones y denuncias mencionadas en la publicación, no derivaron en decisiones sancionatorias en contra del señor Andrés Fajardo Cabrera.
- Sobre la verificación de la información publicada
Se informa que la información difundida en su momento no contaba con verificación suficiente de la fuente, circunstancia que da lugar a la presente rectificación en cumplimiento de lo ordenado por la autoridad judicial.
La presente comunicación se emite en cumplimiento de la orden judicial proferida y sin perjuicio del resultado de la impugnación del fallo de primera instancia, en observancia de los principios de veracidad, responsabilidad en la difusión de la información, respeto por las decisiones adoptadas por los jueces de la República, así como en garantía del derecho fundamental al buen nombre y a la honra de la persona afectada.
SINDESENA NARIÑO
12 de mayo de 2026
RETRACTACION CARTA AL DIRECTOR GENERAL – CASO IPIALES