Después de 40 minutos de espera al director regional y transcurrida hora y media de reunión, el relacionamiento sindical de hoy fue suspendido de manera abrupta por la actitud antisindicalista, agresiva, peyorativa y displicente del director Gustavo Enrique Ochoa Rocha, quien se descompuso ante el análisis y cuestionamientos que se realizaron por parte de los miembros de SINDESENA frente a los datos presentados de la ejecución presupuestal de la regional y sus centros, en procesos fundamentales como la contratación de materiales de formación; en el cual se observa que hay procesos donde la adjudicación se hace por menos del 60% del valor definido en el estudio de mercado, dejando saldos significativos sin comprometer, lo cual muestra una falla en los métodos de estructuración de los procesos de compras.
Ante esto, rechazamos la postura de endilgar de manera generalizada culpas de los problemas de contratación a los funcionarios de planta, desconociendo los responsables actuales y las implicaciones que esto genera en el clima laboral de los trabajadores, situación que generó el descontento de los representantes de SINDESENA, solicitando respeto por el trabajo de los compañeros administrativos.
La subdirectiva de SINDENSENA Meta, expresa su inconformidad con el hecho de que la información solicitada para esta reunión no fue entregada oportunamente por la dirección regional, de acuerdo con la solicitud radicada el 16 de agosto de 2023, impidiendo hacer un análisis previo a la reunión, para debatir con criterio la información presentada, en pro de los derechos de los trabajadores de la Regional Meta y el cumplimiento de la misión institucional del SENA.
Rechazamos la intención de coartar la libre expresión que hace parte del espíritu sindical y también la sugerencia irrespetuosa de “ASISTIR CON ESPARADRAPO EN LA BOCA” a los relacionamientos sindicales, no obstante, confirmamos que mantendremos este canal de participación con la administración y la asistencia de todos los integrantes de la subdirectiva, siempre y cuando se den las garantías establecidas en los Acuerdos Colectivos definidos en el artículo 44 del Código Sustantivo del Trabajo.
Por lo anteriormente expuesto, SINDESENA META considera que no existen garantías para el desarrollo de los relacionamientos sindicales regionales en los que no se cumple con los horarios pactados, no se cumplen los compromisos establecidos con la Dirección General, ni se aceptan las observaciones de la organización y por tal razón solicitaremos la presencia de la Dirección General para las futuras reuniones de tal forma que se de cumplimiento a los protocolos definidos para estas reuniones de relacionamiento sindical.
Firmado (en Original)
HEROLD ARANGO GÓMEZ
Presidente
SINDESENA – SUBDIRECTIVA META
Villavicencio, septiembre 5 de 2023