
Después de tres años de expedidos los decretos 654 de junio, 1649 y 1650 de dic 2021, y de múltiples advertencias por parte SINDESENA a las diferentes direcciones del SENA, al Consejo Directivo Nacional de la Entidad, de acudir al Ministerio del Trabajo, de tocar las puertas del Ministerio de Educación y el apoyo de la CUT, finalmente el SENA fija posición y reconoce los dañinos efectos de la reglamentación e implementación del Sistema Nacional de Cualificaciones al interior del SENA, así como la aplicación del subsistema de Formación para el trabajo.
Los objetos de cada decreto refieren:
Decreto 654:
Adáptese la Clasificación Única de Ocupaciones para Colombia – CUOC, como referente para la identificación y uso de ocupaciones del mercado laboral colombiano, a partir de la adaptación realizada por el DANE de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones CIUO de la OIT vigente.
Decreto 1649: Adoptar y reglamentar el Marco Nacional de Cualificaciones (MNC) para Colombia, su conceptualización, estructura, institucionalidad y gobernanza, con el fin de realizar la clasificación, el reconocimiento y la articulación de las Cualificaciones, de acuerdo con la realidad social, educativa, formativa, laboral y productiva del país, teniendo en cuenta las tres Vías de Cualificación.
Decreto 1650: Adoptar y reglamentar el Subsistema de Formación para el Trabajo – SFT y su Aseguramiento de Calidad – ACFT en Colombia; paraimplementar con oportunidad, calidad y pertinencia, sus programas de formación para el trabajo.