
El SENA dentro de su sistema integrado de Gestión y autocontrol tiene establecido el procedimiento identificación Necesidades Construcción, Mantenimiento y Adecuaciones GIL-P-010; el cual establece el paso a paso para la identificación de las necesidades, este busca atender fallas en edificaciones e instalaciones para garantizar la continuidad en la prestación del servicio, por funcionamiento, operación y exigencia ambiental o jurídica; por lo cual cada Centro de formación debe presentar a la Dirección General el plan de mantenimiento periódico de las instalaciones de la edificación.[1]
Ahora bien, aunque el proceso es de manejo de la Dirección General, dentro del diagrama de flujo se establecen actividades cuyo responsable es el subdirector o Directores del Centro, como lo es: Validación de los lineamientos en el procedimiento definidos a partir del segundo semestre del año anterior de la vigencia a ejecutar, para la realización del POA a nivel nacional con respecto a las construcciones, adecuaciones y mantenimientos. Los Directores regionales y los subdirectores se reúnen cada uno con su equipo de trabajo y priorizan las necesidades de acuerdo a las generalidades establecidas en el procedimiento y por medio de un acta de concertación las envían al grupo de Planeación para la consolidación del POA.
Los subdirectores una vez recibida la Resolución de asignación de recursos por parte del director Administrativo y Financiero, deberán iniciar de inmediato, los procesos de contratación respectivos, realizar los estudios previos, especificaciones técnicas, CDP, presupuestos, estudios de mercado y lo envían al grupo de construcciones de la Dirección General.
Para el caso del Centro de Servicios Financieros, el presupuesto asignado a la fecha para el Centro de Formación (mantenimiento y adecuaciones) corresponde a $261.000.000 millones aproximadamente; sin embargo es preocupante y alarmante la ejecución presupuestal a la fecha pues no tiene recursos comprometidos, ni ejecutados correspondientes a mantenimientos, tal como se ilustra a continuación:
[1] Este proceso según el sistema integrado de gestión esta alineado en la siguiente normatividad: Reglamento de Construcción Sismo resistente NSR-10 Ley 400 de 1997, Plan de ordenamiento territorial, Reglamento Técnico de instalaciones Eléctricas 2013, Reglamento Técnico del Sector Agua Potable y Saneamiento Básico año 2000, Ley 142 de Servicios Públicos de 1994.