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Derecho de Petición evaluación provisionales

By octubre 9, 2026Noticias
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AUGUSTO GARCÍA TAMAYO, identificado con cédula de ciudadanía número 10.274.976 de Manizales, en calidad de representante legal de SINDESENA, domiciliado en la carrera 7 n.º 3450, de la ciudad de Bogotá, en ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y de conformidad con las disposiciones pertinentes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, me permito solicitar información y copia de los documentos relacionados con la implementación en el SENA de un procedimiento de concertación de compromisos y evaluación del desempeño de los servidores públicos vinculados mediante nombramiento provisional.

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