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Observaciones profesionales a acuerdos de Fondo Emprender

By agosto 5, 2025Noticias
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Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo 0010 de 2019 “Por el cual se establece el Reglamento Interno del Fondo Emprender (FE) y deroga en su totalidad el Acuerdo 00006 de 2017”

Acorde al análisis realizado por los profesionales de Emprendimiento de las diferentes regionales responsables del proceso Gestión de Emprendimiento y Empresarismo coinciden en los siguientes aspectos para los cuales se plantean algunas sugerencias para facilitar la operación y comprensión por las partes interesadas en el proceso así:

  1. El planteamiento de este acuerdo desfigura totalmente el objeto del programa Fondo emprender impidiendo que el Fondo cumpla su función de inclusión productiva y generación de empleo formal.
  2. Se está desconociendo que el parágrafo 2 del artículo 23 de la Ley 2466 de 2025 dispone que el Fondo Emprender deberá financiar prioritariamente las iniciativas de aprendices, egresados, asociaciones campesinas y de economía popular, lo que otorga fuerza legal a la ampliación de los montos y la inclusión de estas poblaciones como beneficiarias

con posibilidad de agruparse desde un mínimo de tres aprendices y/o egresados con un monto especifico para ellos, lo cual responde al lineamiento emitido el año anterior y que se encuentran actualmente en Ruta Emprendedora y Formulación.

¿Si esto no lo corrigen qué hacemos con los grupos asociativos que ya están formulando y son de 3 o 4 personas? pues ya se había repetido en las videoconferencias desde la CNE, que las convocatorias considerarían como grupos asociativos a partir de 3 personas.

  1. Se considera pertinente aclarar el concepto de Egresado SENA, precisando que este incluye a los aprendices que hayan cursado cualquier tipo de curso complementario. Esta interpretación fue confirmada por el área Jurídica durante la socialización de la Reforma Laboral (Ley 2466) realizada el pasado 11 de julio.

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