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Reforma laboral por el trabajo digno y decente, a contrareforma hecha a medida del empresariado

By junio 5, 2025Noticias
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El Comando Nacional Unitaria CUT, CGT, CPC y CDP, no pedimos cualquier reforma laboral, exigimos una que recuperara derechos que nos fueron arrebatados, en especial por la ley 50/1990 de Cesar Gaviria y por la ley 789/2002 de Álvaro Uribe Vélez. Una reforma que nos diera estabilidad laboral, que formalizara a los jóvenes aprendices, a las madres comunitarias, artistas, deportistas, conductores, trabajadoras domésticas, repartidores que distribuyen el trabajo del cuidado, que redujera la tercerización e intermediación ilegal, que democratizara las relaciones laborales por la vía de la garantía de la libertad sindical. Ya, la Cámara de representantes había debilitado estos anhelos, al hundir los 22 artículos sobre derechos colectivos, pero mantuvo la recuperación de parte de nuestros ingresos arrebatados en el recargo nocturno, los dominicales y festivos, y la laboralidad de las y los aprendices; no era la reforma soñada pero sí una posible y sin regresividad.

Hoy el escenario es diferente y las Centrales Sindicales no permitimos engaños, el Senado en la Comisión IV ha traicionado nuestras aspiraciones, no solo acabando de debilitar el proyecto de reforma laboral sino pasando límites inaceptables para el pueblo colombiano; aprobando una contrarreforma laboral escrita por y para el poderoso empresariado y gremios económicos. Es una reforma regresiva que desmonta derechos laborales históricamente conseguidos y desde el movimiento sindical y social lucharemos para no permitirlo.

La resucitada reforma ahora es regresiva, peligrosa e inaceptable por las siguientes razones:

1. Habilita el trabajo por horas acabando de tajo con derechos históricos: (Art. 37).

  • –  El trabajo por horas elimina el salario mínimo: un trabajador o trabajadora por horas no logrará juntar ingresos mínimos de subsistencia.
  • –  El trabajo por horas debilita la seguridad social: Un trabajador o trabajadora que labora apenas unas horas al día o a la semana, no alcanzará nunca las semanas de cotización para pensionarse y el sistema de seguridad social perderá financiación.
  • –  Acaba con la estabilidad laboral: El trabajo por horas promueve esquemas ultra-flexibles donde las personas pueden ser contratadas y despedidas con facilidad, sin garantía de continuidad ni ingresos fijos, impidiendo cualquier tipo de planificación personal o familiar.
  • –  Elimina las vacaciones: Un trabajador o trabajadora por horas no completará el tiempo necesario de trabajo (ni los ingresos) para tener un descanso remunerado.
  • –  El pago anticipado de primas y cesantías es su pérdida definitiva. Sin un ingreso suficiente y sin ahorro forzoso, las primas que los trabajadores y trabajadoras invertían se volverán dinero de bolsillo y las prestaciones con las cuales nos hemos educado, adquirido vivienda o soportado el desempleo, ya no existirán. El contrato por horas en el esclavismo.
  1. Recorta los tipos de estabilidad laboral reforzada que años de jurisprudencia constitucional y legislación han reconocido a sujetos de especial protección tanto discapacitados como incapacitados (Art. 9).
  2. Crea una nueva jornada laboral para evitar el pago de horas extras, el permitir jornadas mayores de 8 horas como ordinarias. (Art. 12).
  3. Niega la laboralidad del contrato de aprendizaje y exime a las grandes empresas de pagar cuota de monetización. (art.23)
  4. Promueve la tercerización laboral al debilitar las normas hoy vigentes sobre subcontratación (Art. 48)

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